REGLAMENTO
Y CONVENIO INSTITUCIONAL |
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CÍRCULO
LITERARIO MARE NOSTRUM
Grupo de investigación literaria,
promoción cultural
y organizador de las Jornadas Alfonsinas
DEFINICIÓN Y REGLAMENTO
DE FUNCIONES Y OPERACIÓN
En cuanto al Círculo
Literario Mare Nostrum
1. El Círculo
Literario Mare Nostrum es la reunión
de distintas personas interesadas
en la investigación literaria
y en la promoción cultural
a partir de la vida y obra de Alfonso
Reyes, y a su vez se encarga de
la organización de las Jornadas
Alfonsinas.
1. Los miembros
del Círculo se dividen en
tres grupos: Directivos, consultores
y asociados.
3. Los directivos
del círculo se conforman
por un director general, un subdirector
y un secretario. El director general
tiene la facultad para nombrar o
cambiar al subdirector y al secretario.
4.-El Director
General convocará al grupo
directivo y consultivo para nombrar
a los coordinadores asociados.
5.-Los coordinadores
asociados permanecerán dentro
del Círculo, durante un año
hasta el momento en el cual será
refrendado su nombramiento o admitida
su dimisión.
6.-Cada coordinador
se ocupará principalmente
de su departamento, para los propósitos
de la organización y coordinación
de las Jornadas Alfonsinas.
7.-El coordinador
de cada departamento tiene el derecho
de proponer un plan de trabajo o
de investigación referente
a su especialidad, mismo que será
evaluado por el grupo directivo
y consultivo para su aceptación.
11.-Cualquier colaboración
institucional o comercial entre
el Círculo Mare Nostrum y
sus homólogos o grupos empresariales
con actividades de lucro, deberá
estar firmada por el Presidente,
el Director General y al menos uno
de los consultores.
10.-Cualquier propuesta
de difusión que involucre,
la imagen, el nombre o las publicaciones
del Círculo que promuevan
los coordinadores, debe ser previamente
comunicada al Director General quien
a su vez la comunicará al
grupo consultivo para su aceptación.
En cuanto a las Jornadas Alfonsinas
2. Para las Jornadas
Alfonsinas existe un Presidente
Fundador y un Presidente Honorario.
4. Los Presidentes
tienen la obligación de cuidar
el buen nombre, la reputación
y el honor de las Jornadas Alfonsinas,
según los procedimientos
generales previamente establecidos.
8.-Para propósitos
de publicación, el Director
General y el grupo consultivo, las
características editoriales.
9.-Los coordinadores
deberán ayudar en las labores
de difusión, del Círculo
en general o de su departamento
particular, siempre que esta labor
promueva las actividades de investigación
propias del Círculo así
como las actividades relativas a
las Jornadas Alfonsinas.
12.-El Director
General y el Presidente Fundador,
se reservan el derecho de suspender
cualquier actividad del Círculo
y las Jornadas Alfonsinas, si éstas
no cumplen con las anteriores especificaciones
así como al miembro o los
miembros que incurran en una falta
mayor.